Caso Arrom – Martí: “El Estado puede torturar y desaparecer personas pero sin uniforme”

“Lo que dice ese fallo, a mí parecer, es que el Estado puede torturar y hacer desaparecer personas pero sin uniforme. Que no exista rastro de que el Estado hizo eso”, criticó en diálogo con La Unión, en alusión a la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) de fallar a favor del Paraguay en el marco de la demanda planteada por Arrom y Martí.

Manifestó esta posición luego de que la Corte IDH haya explicado en su decisión que no hubo pruebas de que agentes policiales uniformados hayan mantenido en cautiverio y torturado a Arrom y Martí.

En ese sentido, calificó de “insólito” el fallo de esta instancia, afirmando que ha quedado un “antecedente preocupante” para lo que son los Derechos Humanos en Paraguay.

Lisboa ratificó que Arrom y Martí fueron aceptados como “refugiados” por la Comisión Nacional de Refugiados en el Brasil porque demostraron que eran “perseguidos políticos” en nuestro país, por pertenecer al extinto partido de izquierda Patria Libre.

En ese orden, mencionó que el fallo de la Corte IDH no significa que sus defendidos deban volver a Paraguay, mencionando que la ley de Refugiados Nº 9474/97 del Brasil establece que, si a los refugiados se les levanta este estatus, deben ser enviados a un tercer país, de común acuerdo con los afectados, y no al de origen. “Aunque Paraguay pida la extradición, Brasil no puede entregarlos”, dijo el letrado.

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