“Del aguinaldo no se puede descontar nada, el trabajador debe percibir la totalidad”

El aguinaldo es un tema de suma importancia para los trabajadores, se espera todo un año para poder contar con ese dinero, por eso te dejamos algunos datos a tener en cuenta a la hora de cobrar esa platita.

El abogado Sixto Mora, explica que del aguinaldo no se puede descontar nada, el trabajador debe percibir la totalidad que le corresponde.

Si esto no se cumple, el empleado puede reclamar ante la dirección general del trabajo, ellos convocan al empleador para hacer que se cumpla con esa obligación legal.

“Generalmente por esta vía se llega a hacer que se cumpla, excepcionalmente se tiene que recurrir a la instancia judicial, que no es recomendable, por el procedimiento en sí y el tiempo que implica ir a reclamar judicialmente algún derecho, sobre todo los derechos laborales, la legislación dice que los juicios laborales no deben extenderse mucho, pero en la realidad no es así”, explicó el Dr.

Las empresas se ven obligadas a pagar este beneficio hasta antes del 31 de diciembre, cualquiera sea el vínculo laboral genera obligaciones y derechos de las partes, en el caso de los empleadores, viendo el tema de lo que va del año, el empleador tiene plazo hasta el último día del mes de diciembre pero lo ideal sería que se cumpla antes.

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