MOPC recuerda prohibición del uso de auriculares y celulares al conducir

El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) reiteró a los motociclistas que conducir utilizando auriculares o teléfonos celulares está prohibido por el artículo 66, inciso V, de la Ley Nº 5016/2014 Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, con multas que superan los G. 780.000.

Según la institución, el uso de auriculares mientras se maneja reduce la percepción auditiva y retrasa los tiempos de reacción, incrementando el riesgo de accidentes. En el caso de los motociclistas, esta distracción puede resultar fatal, ya que dependen en gran medida de su capacidad de escuchar el entorno y responder a imprevistos.

El incumplimiento de la norma puede derivar en sanciones de hasta 7 jornales mínimos (G. 780.514). Además de la multa, la distracción al conducir pone en riesgo la vida del conductor y de terceros.

La disposición también se extiende a automovilistas, conforme al Decreto Nº 3427/2015, que prohíbe el uso de dispositivos manuales, sistemas multimedia o elementos que generen distracción visual, auditiva o sensitiva.

El MOPC exhorta a conductores y motociclistas a mantener atención plena al volante y evitar prácticas que comprometan la seguridad vial.

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