Cartes veta de manera parcial ley de ‘autoblindaje’

Horacio Cartes dijo que veta parcialmente la ley de autoblindaje “con un no rotundo a la impunidad y un sí a la institucionalidad”.

El Ejecutivo expuso que el proyecto contradice a los artículos 3, 46 y 47 de la Constitución Nacional. Cartes rechazó la frase que expresa textualmente que “para la determinación de la existencia de un hecho punible, se respetarán las normas penales vigentes”, de acuerdo a lo expresado en su cuenta oficial de Twitter.

Con la determinación, queda vigente el aumento del número de votos para destituir a un congresista. En este sentido, el mandatario rechazó la propuesta de que para que se produzca la pérdida de investidura de un parlamentario se deba esperar una sentencia judicial definitiva firme y ejecutoriada.

El Senado aprobó la ley que reglamenta el artículo 201 de la Constitución Nacional, de la pérdida de investidura de los parlamentarios, el pasado 15 de marzo, propuesta que vino de la Cámara de Diputados.

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Así, la ley quedó establecida que para la pérdida de la investidura de un parlamentario se necesitará de la mayoría absoluta de dos tercios de los legisladores. De este modo, los senadores necesitarán 30 votos (de 45 integrantes) y los diputados precisarán 53 (de 80 miembros).

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