Prisión para hombre que incumplió con la pensión alimenticia

El Tribunal de Sentencia de Coronel Oviedo, presidido por el juez Víctor Vera Valloud e integrado por los magistrados Julio César Solaeche y Ángel Fiandro Martínez, condenó al acusado a una pena privativa de libertad de 3 años y 6 meses, en el debate público que se llevó a cabo el miércoles 7 de octubre pasado.

Tras la denuncia formulada en su contra, por su expareja, la justicia le ordenó pagar la suma de 250.000 guaraníes mensuales a su hijo desde el mes de agosto del año 2011. Sin embargo, esta orden judicial nunca fue cumplida y el monto acumulado y adeudado llegó a la suma de 12.750.000 guaraníes.

Durante el proceso la denunciante, quien trabaja como empleada doméstica, relató las penurias que sufrió teniendo en cuenta que el niño, actualmente de cinco años debía recibir tratamiento médico.

Según declaró la mujer, el condenado David Brítez ponía como condición, cada vez que debía abonar por la prestación alimentaria, que fueran a un motel para mantener relaciones sexuales.
Igualmente le recriminaba por haber radicado la demanda y la trataba de prostituta, exigiéndole que se dedicara a la prostitución para ganar dinero y mantener al pequeño.

Todos estos elementos fueron considerados por el Tribunal como agravantes del incumplimiento del pago en sí, por lo que la condena fue elevada a 3 años y 6 meses a diferencia de otras penalidades que llegaban a un máximo de 2 años de prisión.

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