TSJE sostiene que uso de padrón nacional en internas del PLRA es inaplicable

El Tribunal Superior de Justicia Electoral dispuso la inaplicabilidad del Art. 1 de la Resolución TEI del Partido Liberal Radical Auténtico Nº 75/2022, sobre el uso del padrón nacional en las Internas de la citada organización, por no ajustarse a derecho de conformidad de los fundamientos expuestos por los Ministros de la Máxima Instancia Electoral, indican mediante la Resolución TSJE Nº 62/2022.

Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). / Foto: ip.gov.py.

La resolución emanada del TSJE aclara que a los efectos de la consideración y certificación prevista en el Art. 353 del Código Electoral, el PLRA deberá elaborar y depurar el padrón de electores a ser usadas en sus internas, sobre la base del registro de sus afiliados.

“El Tribunal dispone la inaplicabilidad del Artículo uno de la resolución dictada por el TEI del PLRA porque no se ajusta a derecho de conformidad lo que expone el condiderando de la resolución” indicó Christian Ruíz Díaz, el Director de Financiamiento Político del TSJE.

Con esta desposición, el Partido Liberal deberá usar su propio padrón electoral, según se aclara.

“Todas las instituciones políticas deben adecuarse a las normas” indica Ruiz Díaz y agrega que “Si hacen caso omiso pueden ser impugnadas sus candidaturas”

 

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