Coronavirus: Personas que salen a calles deben usar tapabocas, afirma infectóloga

La Dra. Elena Candia, presidenta de la Sociedad Paraguaya de Infectología (SPI), recomendó el uso constante de mascarillas o tapabocas en las personas que necesariamente tienen que salir de sus casas para trabajar, estipuladas por el Poder Ejecutivo, tengan o no síntomas.

Foto ilustrativa.

“La recomendación es que las personas sanas usen los tapabocas o las mascarillas. Esto reduce la cantidad de microorganismos que solemos expulsar al hablar, toser o estornudar”, explicó Candia en contacto con La Unión, señalando que mientras la gente circula por las calles no sabe si las personas con la que se cruza puede estar infectada, por lo cual considera un buen método de prevención.

En ese sentido, aseveró que los guantes de látex pueden albergar al virus hasta 8 horas después de terminado su uso, por lo cual más recomienda el lavado constante de manos y/o la desinfección con alcohol en gel.

La infectóloga también ratificó que el aislamiento social para las personas llegadas del exterior es muy importante debido a que en ese periodo de 15 días “es el tiempo estimado que tarda el virus en manifestar síntomas”.

A propósito de aislamiento social, señaló que, si no es necesario salir a las calles, como para supermercados o farmacias, instó a la población a no hacerlo.

Con el Decreto Nº 3478/20, quedaron exceptuadas las siguientes personas:

  • Autoridades nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables, funcionarios y trabajadores del sector público y privado para la prestación de servicios imprescindibles; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios, personal de Salud, Fuerzas Militares y Policiales, actividad migratoria, servicio meteorológico, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • Las personas que deban asistir a otras con discapacidad, a adultos mayores, niños y adolescentes.
  • Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios.
  • Las personas afectadas a la ejecución de obras públicas.
  • Supermercados, establecimientos que comercializan artículos de primera necesidad, despensas, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas de gas.
  • Actividades industriales y comerciales de productos imprescindibles para la población y para la prestación de servicios públicos.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria, avícola y de pesca.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil, servicios digitales y call center.
  • Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos y residuos generados en establecimientos de salud y afines.
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones) y de emergencias.
  • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  • Servicios de entrega a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad básica.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Estaciones expendedoras de combustibles.
  • Servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central del Paraguay (BCP) disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
  • Cadena logística (puertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga).
  • Servicios funerarios.

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