“Inhabilidad relativa” para nuevos candidatos que ocupan cargos públicos

La actividad política puede hacerse en cualquier época del año pero no propaganda, explica el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). Sobre la presentación de candidatos y los plazos, deben renunciar seis meses antes de las elecciones, según Código Electoral. La campaña en redes sociales no está legislada.

Fachada del TSJE. / Foto: ultimahora.com.

“En cuanto al cargo a vicepresidente de la República, (la Constitución) se establece claramente entre las inhabilidades a los ministros del Poder Ejecutivo, pero esa es una inhabilidad relativa, ya que en caso de que quiera candidatearse tiene que renunciar seis meses antes de las elecciones”, explicó Carlos María Ljubetic, director de Procesos Electorales del TSJE, en diálogo con Nuestra Mañana a través de La Unión.

Asintió en la afirmación de que, por ejemplo, el ministro de Educación, Juan Manuel Brunetti, quien ayer anunció su precandidatura a la vicepresidencia de la República por el movimiento Fuerza Republicana de la ANR, puede hacer campaña en tiempo fuera del horario laboral. “Lo que está prohibido es hacer propaganda política ni callejeras ni por los medios de comunicación masiva”, dijo.

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En otro orden, expuso que se halla en etapa licitatoria la adquisición de las máquinas de votación para las elecciones internas de diciembre del 2022.

En otro orden, Ljubetic comentó que las campañas políticas en redes sociales no están legisladas y que ni siquiera se prevé una sanción.

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