Sedeco realizó monitoreo de precios de la canasta básica familiar

La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) tomó muestras de precios de 60 productos ofrecidos de la Canasta Básica Familiar elaborada por esta institución, en varios supermercados de capital y el departamento Central.

En la semana correspondiente del 30 de noviembre al 04 de diciembre, fueron visitados por la SEDECOcuatro supermercados. En ese contexto, el titular de la institución, Juan Marcelo Estigarribia dijo que recibieron un aumento considerable en lo que se refiere a reclamos, denuncias, quejas y consultas ciudadanas.

Los montos en guaraníes que se indican en el informe son de acuerdo a la unidad de medida de cada producto, basados en los precios de cada supermercado visitado. La toma de muestras se realiza en forma semanal.

El listado de productos comprende a los siguientes rubros: panificados, a granel, cárnicos, almacén, domisanitarios, lácteos, aseo personal y frutas y verduras.

La muestra que realiza SEDECOes aleatoria y busca asegurar la libertad de decidir del consumidor, incrementar el nivel de información disponible y promover la transparencia del mercado, de manera a crear consciencia en los consumidores para que sean selectivos y exigentes a la hora de elegir.

En la misma línea, Estigarribia informó que las denuncias que mayormente suelen recibir es en relación a la fecha de vencimiento de los productos de la Canasta Básica Familiar, como también que  productos de consumo humano no están en las góndolas sino en el piso.

Desde la SEDECO instan a los proveedores a mantener precios razonables, reduciendo al mínimo el margen de ganancias en las canastas, considerando la situación sanitaria por la que se atraviesa, hecho que requiere un compromiso de todos, otorgando la posibilidad de compra a consumidores disminuyendo así el impacto en la economía familiar.

En cuanto al Programa social Pytyvõ 2.0 “Subsidio de Emergencia Sanitaria”, se recuerda a los beneficiarios que ningún comercio puede cobrar comisión, aplicar algún gasto administrativo o alterar el precio de productos vinculados a la asistencia, bajo ningún concepto, por la utilización del subsidio mediante la billetera electrónica, tarjeta-cédula o cuenta bancaria.

Fuente: AgenciaIP.

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