¿Cuál es la diferencia entre las facturas clonadas por entes públicos y otras por privados? Presidente de abogados lo explica

Manuel Riera, presidente del Colegio de Abogados del Paraguay (CAP), explicó la diferencia entre las facturas clonadas cometidas por un ente privado y por otro público, en referencia a los últimos casos que vincularon a municipios y gobernaciones, así como a empresas proveedoras de estos.

Foto ilustrativa.

Con relación a la cuestión de que hay empresas del sector privado que generaron facturas clonadas para quedarse con el dinero que debe ir al Fisco, como se le señala a la proveedora de la municipalidad de Fernando de la Mora según la última investigación de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), Riera expuso que “suponiendo que hay una persona jurídica, la responsabilidad de los administradores es siempre triple, es decir, el administrador / director respecto de su sociedad, por otro lado respecto del accionista y, por otro lado respecto del tercero, en este caso el municipio o departamento”. “Tanto la sociedad, como persona jurídica distinta de sus órganos; los accionistas, como personas distintas de la sociedad; y los terceros perjudicados pueden tener perfectamente acción de cualquier tipo contra los administradores, sean cuestiones penales o civiles”, aseveró en diálogo con Buenas Tardes La Unión.

Con respecto a los intendentes y gobernador (en total son 17 según la investigación de la SET) que utilizaron dinero público para realizar sobrefacturaciones, “pasa algo similar”. “Ahí se incluye a la Contraloría General de la República (CGR), por un lado, y la responsabilidad política, por otro. (…) Lo que ocurre con municipios y gobernaciones pasan por la Ley de Contrataciones y, por ende, tiene también un aspecto administrativo y podrán o no ser sancionados en el cumplimiento de sus funciones, así como los proveedores podrán o no ser sancionados en el cumplimiento de esas contrataciones”, explicó.

Un anterior caso de supuesto uso de facturas clonadas fue el descubierto hace unos meses en la Gobernación del Departamento Central.

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No obstante, el titular del gremio de abogados subrayó que el caso del dinero público es más grave “porque se juega con voluntades generales y siempre se maneja mucha más plata”.

En cuanto a la gravedad entre el privado y el público en caso de que ambos se hallen en situación de “invento” de facturas, dijo que “depende de cada caso y qué se esté o no haciendo”. “El juez tiene que definir si el fulano público o privado es culpable y haya cumplido o no las leyes (…) Todos quienes hayan incumplido la ley tienen que ser, como mínimo, imputados. A su vez, la SET puede darle toda la información al respecto a la Fiscalía, porque ese acceso a la información le puede dar perfectamente a la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Tributarios para que arranque la investigación (…) Tiene que sancionarse todo lo que se hizo irregularmente conforme a la ley”, finalizó Riera.

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